Preguntas Frecuentes
Personas en situación irregular que hayan residido en España desde antes de diciembre de 2025 y cumplan los requisitos.
El primer permiso es de 1 año, renovándose posteriormente de acuerdo a los procedimientos generales.
También podrás acogerte a esta regularización siempre que tu solicitud sea anterior al 31 de Diciembre de 2025.
Sí, tus hijos menores pueden incluirse en el proceso para obtener su residencia.
Aunque lo ideal es tenerlo en vigor, si tu pasaporte está caducado te recomendamos subirlo igualmente a tu expediente. Nuestros abogados valorarán tu caso concreto y te indicarán los pasos a seguir para no perder la oportunidad de regularizarte.
Depende de la gravedad. No todos los antecedentes penales son motivo automático de denegación. Si tu situación no es grave, nuestros abogados especializados estudiarán tu caso y te asesorarán sobre las posibilidades reales antes de iniciar el trámite.
Sí. Esta regularización está diseñada precisamente para personas en situación irregular, independientemente de cómo entraron al país.
Sí. Una de las ventajas clave de esta regularización es que recibirás una autorización provisional para trabajar legalmente una vez se haya obtenido la admisión a trámite de la solicitud, sin esperar la resolución definitiva.
La apertura está prevista para abril de 2026 y el plazo límite es el 30 de junio de 2026. No esperes al último momento: los expedientes preparados con antelación tienen más garantías de éxito.
Según establece la normativa, la administración tiene un plazo para resolver de tres meses, aunque suele demorarse más la resolución del expediente. Durante ese tiempo hacemos seguimiento diario de tu expediente y te mantenemos informado en todo momento.
Existe la posibilidad de interponer un recurso. Contar con gestores especializados desde el principio minimiza significativamente el riesgo de denegación.
Sí. Ofrecemos la posibilidad de fraccionar el pago en 3 cómodos plazos para que el coste no sea un obstáculo en tu proceso de regularización.
Próximamente habilitaremos promociones y descuentos especiales. Te recomendamos registrarte en la plataforma para ser el primero en enterarte de las ofertas disponibles.
Es muy sencillo: te registras, eliges tu trámite, respondes unas preguntas sobre tu situación, firmas la autorización de gestión documental y subes tu documentación. Desde ese mismo panel podrás ver en todo momento el estado de tu expediente.
Sí. Todo el proceso se realiza de forma 100% digital. Puedes enviar documentos, consultar el estado de tu expediente y comunicarte con nuestro equipo desde cualquier punto de España sin necesidad de desplazarte.
Depende del tipo de trámite que tengas en curso. En algunos casos es compatible y en otros no. Regístrate y cuéntanos tu situación: nuestros expertos valorarán tu caso de forma personalizada antes de iniciar cualquier gestión.
La regularización extraordinaria es un procedimiento puntual con requisitos más accesibles (5 meses de residencia). El arraigo social requiere al menos 2 años de empadronamiento continuo y está disponible de forma permanente. Si no cumples los requisitos de una, puede que califiques para la otra.
Según tu situación, podrías optar por el arraigo social, arraigo sociolaboral, reagrupación familiar u otros procedimientos. Si tienes alguna duda contacta con nosotros.
Ofrecemos atención personalizada en español, inglés y francés para que ninguna barrera idiomática sea un obstáculo en tu proceso.
¿Por qué elegirnos para tu proceso?
Rapidez garantizada
Presentación en 48h y seguimiento diario de tu expediente.
Profesionalidad
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Atención Multilingüe
Hablamos español, inglés y francés para tu comodidad.
Evitamos los 4 peligros más frecuentes
Falta de preparación por gestores no especializados.
Documentación incompleta (causa #1 de denegación).
Plazos perdidos por desconocimiento de fechas.
Interpretación errónea de requisitos específicos.